El RUC es el repositorio institucional de la UDC. Ofrece acceso abierto al texto completo de documentos originales creados por los miembros de la UDC en su labor institucional, de investigación y docencia. Su objetivo es dar mayor visibilidad a estas publicaciones y asegurar su preservación y accesibilidad.
Depositar la producción científica en un repositorio institucional, temático o generalista es una obligación legal para cierto tipo de documentos científicos desde hace años con el fin de fomentar la ciencia abierta y, para cumplir con esta legislación, las recientes convocatorias (desde 2023) de sexenios y acreditacións establecen el depósito en un repositorio como requisito para presentarse a ellas.
Esta obligación afecta a:
Segús la Sección I.5. dos Criterios para la elaluación de la actividad investigadora del CNEAI:
Se requerirá el depósito de los resultados de la investigación que se sometan a evaluación en repositorios institucionales, temáticos o generalistas de acceso abierto, incluyendo un identificador persistente (DOI, Handle, ARK, SWHID, o, en general, una URI/URL única permanente).
Depositar en el RUC proporciona un handle, que es uno de los tipos de identificadores persistentes que se requiere para cada aportación en la solicitud. Este handle se incluirá en el campo de "Indicios de calidad" del formulario de solicitud.
Las últimas convocatorias de sexenios y acreditaciones indican lo siguiente:
En el caso de las publicaciones académicas, sean en formato artículo, libro o capítulo de libro, las personas solicitantes deberán aportar evidencia de haber depositado una copia de la versión final de la aportación aceptada para publicación en un repositorio de su institución o en un repositorio temático o generalista de acceso abierto.
Además, será conveniente depositarlas lo antes posible para así mejorar las estadísticas de uso y lectura, que ahora también se tienen en cuenta para valorar el impacto científico del trabajo.
NOTA IMPORTANTE: Por supuesto, publicar en una página personal, de un grupo de investigación o en redes sociales científicas (ResearchGate, Academia.edu, etc.), no equivale al depósito en un repositorio científico.
Se pueden depositar las versiones aceptadas, es decir, las posteriores a la revisión por pares, lo cual implica que puede ser el postprint (sin maquetar) o la versión final (con la maquetación de la revista) si la editorial lo permite. Debemos enlazar a la versión de editor en calquiera de los casos.
Por lo tanto, para cumplir con los requisitos de las convocatorias de evaluación de la calidad de la investigación no es suficiente con depositar una versión preprint (anterior á revisión por pares).
Para las convocatorias de sexenios y acreditaciones, según la ANECA:
El depósito podrá hacerse en acceso abierto, acceso restringido, embargado o con acceso solo a los metadatos, respetando en todos ols casos la gestión de derechos de autoría amparada por el marco legal vigente en el momento de la publicación.
Por tanto, como se puede leer, es imprescindible depositar los trabajos en un repositorio (por ejemplo en el RUC), pero debido a que nos encontramos en una etapa de transición, en algunos casos no es necesario que se haga en abierto, ya que por razón de derechos de autor, no será posible hacerlo debido a las licencias previamente firmadas (consultadnos ante cualquier duda en este punto).
Aún así, aunque non es obligatorio depositar en abierto, para dichas convocatorias esta condición puntúa en el baremo un 10% (apartado de contribución a la ciencia aberta), por lo que es aconsejable hacer por publicar en editoriales o revistas que permitan el acceso abierto o el uso de licencias Creative Commons no exclusivas. En el caso de las revistas, las recomendadas son las revistas diamante (DOAJ).
Los autores pueden realizar el depósito de forma directa a través del autoarchivo, pero recomendamos que escojáis como forma de depósito el archivo delegado que autoriza a la biblioteca a hacerlo en su nombre.
Desde la Biblioteca de Derecho nos ponemos a su disposición a través de nuestro correo electrónico biblioteca.dereito@udc.gal para que nos hagáis llegar las solicitudes de subida al RUC de vuestros trabajos.
Tendréis que acompañar la solicitude de una autorización para que realicemos subida. Esta autorización puede ser una autorización permanente (una vez fimada nos autorizáis a subir paulatinamente vuestra producción científica), o una autorización puntual para uno o varios documentos.
Tanto si el autor sube el documento de manera autónoma como asistida (archivo delegado) deberá aceptar una licencia de distribución no exclusiva por la que se autoriza al RUC a archivar, difundir en abierto y preservar el/los documento/os, por la cual los/las autores/as mantienen todos sus derechos.
En el caso de las tesis, el Servicio de Biblioteca se encarga de depositar aquellas que le son enviadas por la Escola Internacional de Doctorado (EIDUDC) (las que deben archivarse obligatoriamente por ley) sin que los/las autores/as necesiten hacer ninguna solicitud.
Consulta nuestra infoguía sobre el RUC para ampliar información.