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Cuantía y distribución de las retenciones

Los porcentajes retenidos por la UDC sobre los ingresos totales que la universidad aplicará como retención a los cursos propios de postgrado dependerán de:

  1. Si la gestión económica compete a la propia UDC o bien está delegada en la FUAC.
  2. Si se trata de un curso conducente a un título propio de postgrado (máster o experto/especialista universitario) o bien de un curso conducente a un diploma de formación específica (cursos de formación específica de postgrado).

El resultado, según el caso, es el siguiente cuadro de retenciones:

Cuadro de retenciones a favor de la UDC

 Máster o Curso de Especialización (dan derecho a título propio)  Cursos de formación específica de postgrado (dan derecho a diploma de formación específica de postgrado)
 Gestión económica de la UDC  12 %  10 %
 Gestión Económica FUAC  7 %  5 %

 

Para el cómputo de los porcentajes que se recogen en el cuadro, el coste individual de matrícula será el que se recoja en el proyecto de implantación o en ulteriores modificaciones aprobadas por el Consello de Goberno. Para tales efectos, no podrá reducirse el valor del coste de la matrícula, al margen de la existencia de becas, de donaciones o de subvenciones.

Con independencia de la entidad que realiza la gestión y del tipo de curso, el porcentaje retenido según el cuadro 1 se distribuirá como sigue: la unidad académica responsable recibirá el 1,25% de IB, el centro donde se imparte el curso recibirá el 1,25% de IB y el resto se destinará para la financiación de gastos generales de la UDC. En los casos en que el curso se imparta en instalaciones ajenas a la universidad, el porcentaje que se destine al centro de impartición pasará a incrementar el porcentaje de la unidad académica responsable, de modo que a esta le corresponderá un 2,5% de IB.