Los porcentajes retenidos por la UDC sobre los ingresos totales que la universidad aplicará como retención a los cursos propios de postgrado dependerán de:
El resultado, según el caso, es el siguiente cuadro de retenciones:
Cuadro de retenciones a favor de la UDC |
Máster o Curso de Especialización (dan derecho a título propio) | Cursos de formación específica de postgrado (dan derecho a diploma de formación específica de postgrado) |
Gestión económica de la UDC | 12 % | 10 % |
Gestión Económica FUAC | 7 % | 5 % |
Para el cómputo de los porcentajes que se recogen en el cuadro, el coste individual de matrícula será el que se recoja en el proyecto de implantación o en ulteriores modificaciones aprobadas por el Consello de Goberno. Para tales efectos, no podrá reducirse el valor del coste de la matrícula, al margen de la existencia de becas, de donaciones o de subvenciones.
Con independencia de la entidad que realiza la gestión y del tipo de curso, el porcentaje retenido según el cuadro 1 se distribuirá como sigue: la unidad académica responsable recibirá el 1,25% de IB, el centro donde se imparte el curso recibirá el 1,25% de IB y el resto se destinará para la financiación de gastos generales de la UDC. En los casos en que el curso se imparta en instalaciones ajenas a la universidad, el porcentaje que se destine al centro de impartición pasará a incrementar el porcentaje de la unidad académica responsable, de modo que a esta le corresponderá un 2,5% de IB.