Movilidad del personal investigador de la UDC

 
Reglamento sobre movilidad del personal investigador entrante e saliente de la UDC (aprobado por Consello de Goberno del 4 de noviembre de 2025) 
La movilidad del estudiante de doctorado que realice estancias temporales para desarrollar investigación relacionada con su tesis, se regirá por la normativa vigente, más información, en la página web de la  Oficina de Relacións Internacionais (ORI):
 

Personal investigador saliente

  • Toda persona adscrita o vinculada a la UDC que realice una estancia temporal de investigación en una entidade externa, nacional o internacional, tendrá que comunicarlo con anterioridad al Equipo de Xestión de la Investigación (EXI), mediante correo electrónico a catalogo@udc.gal
  • La estancia deberá tener una duración mínima de una semana y máxima de un año. 
  • Una vez terminada la estancia, y dentro de los 15 días naturales siguientes, la persona investigadora saliente tendrá que remitir un documento acreditativo de la estancia, mediante correo electrónico a catalogo@udc.gal, excepto en los casos en que esta fuese gestionada por la UDC.
Este procedemento no es necesario para las estancias por participación en congresos, jornadas y similares, o con una duración inferior a una semana. 
 
La mobilidad saliente del PDI que realice estancias de investigación se regirá de manera complementaria por:

Personal investigador entrante 

 
Trámites previos
  • La persona investigadora entrante deberá contar con la conformidad de un miembro PDI o personal investigador de la UDC, que deberá presentar una solicitud de admisión.
  • Tras la aceptación de la estancia, las persoas investigadoras visitantes recibirán una carta oficial de invitación, que podrán utilizar para solicitar el visado.
  • Antes de la llegada a la Universidade, la persoa visitante deberá remitir por correo electrónico a catalogo@udc.gal la documentación correspondiente, de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento. 
     
 Gestión a la llegada a la UDC
  • La persona investigadora visitante deberá informar al EXI (por correo electrónico a catalogo@udc.gal) del comienzo del la estancia. Una vez autorizado y registrado, el persoal investigador visitante de la UDC podrá acceder y/o utilizar los servicios generales de la Universidad como la biblioteca, los sistemas de comunicación y de apoyo a la investigación.
     
A finalizar la estancia
  • Las personas investigadoras visitantes inscritas en el Registro del Personal Investigador Visitante recibirán una certificación oficial de la estancia.
Las persoas investigadoras visitantes, cuya movilidad este regulada por programas, convenios o acuerdos específicos entre la institución de origen e la UDC, se regirán por las condiciones de estos.