Mención internacional del título de doctor/a

  1. La estancia de tres meses requerida para la mención internacional en el título de doctor/a ¿tiene que ser continuada y en un mismo centro de investigación extranjero?
  2. Las estancias en centros de investigación extranjeros realizadas sin estar matriculado/a en los estudios de doctorado ¿son válidas para conseguir la mención internacional en el título de doctor/a?
  3. Para obtener la mención internacional en el título de doctor ¿las dos personas expertas que deben informar la tesis y la/s persona/s responsable/s de las estancias que se acreditan pueden pertenecer al tribunal evaluador de la tesis?
  4. ¿Cómo puedo convalidar el título de Doctor/a?

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

1. La estancia de tres meses requerida para la mención internacional en el título de doctor/a ¿tiene que ser continuada y en un mismo centro de investigación extranjero?

No es necesario. Se pueden hacer los tres meses repartidos en estancias en distintos centros de investigación extranjeros y sin continuidad temporal.

2. Las estancias en centros de investigación extranjeros realizadas sin estar matriculado/a en los estudios de doctorado ¿son válidas para conseguir la mención internacional en el título de doctor/a?

No son válidas. Para que computen para la mención internacional, deben ser realizadas mientras el/la doctorando/a esté matriculado/a en el programa de doctorado.

3. Para obtener la mención internacional en el título de doctor ¿las dos personas expertas que deben informar la tesis y la/las persona/s responsable/s de las estancias que se acreditan pueden pertenecer al tribunal evaluador de la tesis?

(Artículos 36 y 40 del Reglamento de Estudios de Doctorado de la UDC)

Según el Reglamento de Estudios de Doctorado de la UDC, no existe restricción alguna para que la/s persona/s experta/s que informen la tesis y la/s persona/s responsable/s de las estancias formen parte del tribunal evaluador de la tesis, siempre y cuando sí exista en la composición del tribunal evaluador cuando menos un/a experto/a con título de doctor/a de una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio no españoles, distinto de la/s persona/s responsable/s de la estancia y de las dos personas expertas que informen la tesis doctoral.

 4. ¿Cómo puedo convalidar el título de Doctor/a?

La declaración de equivalencia de los títulos extranjeros de educación superior anivel académico de Doctor corresponde a las universidades (Real decreto 967/2014, de 21 de noviembre). El procedimiento que regula esta declaración está descrito en la Resolución rectoral de 7 de octubre de 2015 .