Comisiones

Comisión de doctorado

Son competencia de esta comisión, entre otras:

  • Elaborar un reglamento de estudios de doctorado, así como de defensa de tesis de doctorado y expedición del título de doctor.
  • Aprobar los programas de doctorado y hacer pública la relación de dichos programas.
  • Proponer al rector la composición de los tribunales de la tesis de doctorado.
  • Determinar el número mínimo de alumnos que tienen que matricularse en cada curso o seminario, para que este pueda celebrarse.
  • Ampliar el plazo de presentación de la tesis de doctorado.
  • Recibir los ejemplares de las tesis de doctorado e informar de su depósito.
  • Decidir la admisión o no a trámite de la lectura de la tesis de doctorado.
  • Conservar los ejemplares de la tesis de doctorado aprobadas.
  • Controlar el desarrollo de los programas de doctorado.
  • Resolver las solicitudes de convalidación de créditos cursados en otras Universidades, así como de los cursos de doctorado.
  • Autorizar a los estudiantes que comenzaran el trabajo de la tesis de doctorado en otra Universidad, a proseguir la tesis en un departamento de esta Universidad.

Composición

  • Profesores (6)

Comisión de reclamaciones de plazas de interinos, contratados y ayudantes

Esta comisión tiene la competencia de resolver las reclamaciones contra las resoluciones de las comisiones para juzgar plazas de profesores interinos, contratados y ayudantes.-
Estará constituida por el Vicerrector del área de Profesorado, que la presidirá, por seis profesores numerarios de los que cuatro tendrán que ser doctores, uno de cada uno de los ámbitos científicos, y un estudiante.

Composición

  • Vicerrectores (1)
  • Profesores (6)
  • Representantes de los Estudiantes (1)

Comisión de reclamaciones

Esta comisión tiene como función valorar las reclamaciones que se presenten contra las resoluciones de las comisiones de plazas de catedráticos y profesores titulares.
Será presidida por el Rector y estará constituida por seis catedráticos de universidad, de diversas áreas de conocimiento con amplia experiencia docente e investigadora.

Composición

  • Rector (1)
  • Profesores (6)

Comisión electoral central

Le corresponde regular las elecciones de los miembros del Claustro y del Rector, y es el órgano competente para conocer y resolver todas las cuestiones derivadas de estas y de las demás elecciones contempladas en los Estatutos de la Universidad.

Composición

  • Secretario general
  • Profesorado doctor con vinculación permanente (2)
  • Restantes categorías del PDI (1)
  • Estudiantes (1)
  • Personal de administración y servicios (1)
  • Secretario técnico do Campus de Ferrol

Comisión de coordinación informática

Esta comisión tiene como función analizar la problemática informática de esta universidad y realizar una planificación adecuada de la misma.

Composición

  • Rector (1)
  • Vicerrectores (2)
  • Gerente (1)
  • Profesores (5)
  • Director del SIAIN (1)
  • Director del SIX (1)
  • Responsable Red Comunicaciones (1)

Comisión de biblioteca

Composición

  • Vicerrectores(1)
  • Gerente (1)
  • Directores de Biblioteca (2)
  • Presidentes de Comisiones de Bibliotecas de Centros (7)
  • Representante de los SIC (1)
  • Representante de los jefes de sección (1)
  • Director/a del Servicio de Biblioteca (1)
  • Estudiantes (4)

Comité de Seguridad y Salud de la UDC

Las competencias y facultades del Comité de Seguridad y Salud de la UDC (CSS-UDC) son las que establece el artículo 39 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).

La composición es paritaria entre delegados de prevención y representantes de la Administración Universitaria. El número de delegados/as de prevención es el que establece el artículo 35 de la LPRL e determina la composición del CSS-UDC.

El/la presidente/a forma parte del colectivo de representantes de la Administración Universitaria y el/la secretario/a del colectivo de delegados/as de prevención. El/la jefe/a do Servizo de Prevención de Riesgos Laborales es miembro nato, con voz y sin voto.

El CSS-UDC dispone de un reglamento de funcionamiento.

Comisión Institucional de Mediación, Arbitraje y Conciliación

La CIMAC es el órgano encargado de analizar las quejas o reclamaciones por causa de violencia psicológica o física en el trabajo y de establecer las medidas de corrección o las recomendaciones de prevención en los procesos que se sometan a su estudio.


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