Diferentes análisis de cuestiones gramaticales castellanas en los tratados de autor extranjero y español del siglo XVI


Marina A. Maquieira Rodríguez

Universidad de León


Tras la publicación en 1492 de la Gramática de la lengua Castellana de E. A. de Nebrija, se suceden textos interesados en regular esta lengua a lo largo del siglo XVI. Sin embargo, no todos coinciden en el planteamiento, fundamentalmente porque no lo hacen en los objetivos: unos van dirigidos a hablantes nativos; otros, a hablantes de lenguas distintas. Entre éstos últimos, además, es posible diferenciar aquéllos que corresponden a autores españoles y aquéllos pertenecientes a firmas extranjeras. La separación entre unos y otros es conveniente cuando se trata de enfrentarse al tratamiento de determinadas cuestiones gramaticales, porque las observaciones serán distintas.

Un ejemplo servirá para ilustrar esto: en el acercamiento a los tiempos del pasado, serán los autores extranjeros los más dispuestos a afinar los matices diferenciales entre las formas amé y he amado, que pasan desapercibidos a los tratadistas locales. Situaciones paralelas se repiten en otros casos. En todos ellos me interesa detenerme en el presente trabajo.


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