El "género" del sustantivo según las gramáticas españolas de la tradición


María Tadea Díaz Hormigo

Universidad de Cádiz


El accidente "género" del sustantivo, considerado por algunos gramáticos no como una variación gramatical susceptible de ser tolerada por el sustantivo, sino como un rasgo inherente de esta clase de palabras, es analizado en la tradición gramatical española siguiendo a) un criterio de índole sintáctica, colocacional o combinatoria; b) un criterio formal o morfológico, o c) aunando consideraciones formales, sintácticas y semánticas.

Un tratamiento estrictamente sintáctico es el ofrecido, entre otros, por E. A. de Nebrija, G. Correas y la comisión académica que elaboró la gramática de 1771. De acuerdo con éstos, el género del sustantivo es averiguable por su combinatoria con los diferentes artículos (Nebrija y Correas) o por su combinatoria con artículos y adjetivos (R. A. E.). No obstante, difieren entre sí a la hora de determinar cuántos géneros existen realmente en la lengua que analizan, pues, mientras Nebrija señala cinco géneros para los sustantivos españoles (masculino, femenino, común de dos, dudoso y mezclado), Correas y la comisión académica del siglo XVIII hablan únicamente de dos (masculino y femenino).

El criterio formal es el empleado en dos obras tan distantes en su fecha de aparición como son la Gramática de la lengua vulgar de España, publicada en Lovaina en 1559, en la que se señala que los géneros del sustantivo son masculino y femenino, que se distinguen por presentar variación en sus finales, y el Arte de hablar, editada en Madrid en 1910, cuyo autor, E. Benot, le da al género un carácter cualitativo o adjetival, ya que considera que esta desinencia aumenta los caracteres del sustantivo de modo análogo a un adjetivo.

Otros gramáticos (Villalón, Salvá, Bello, etc.) aluden simultáneamente a la terminación, significación y combinatoria del sustantivo con el adjetivo y/o el artículo) cuando se trata de proponer reglas y normas para averiguar el género del sustantivo, si bien todos ellos parecen decantarse, en última instancia, por el criterio sintáctico como el más definitorio y clarificador.

Por tanto, no podemos hablar de uniformidad, en la tradición gramatical española, ni en el tratamiento del género del sustantivo ni en el establecimiento de cuántos géneros existen, si bien la mayoría de los gramáticos coincide en dos cuestiones: 1) insisten en que el género es claramente dilucidable en los sustantivos que designan personas y animales que intervienen en oposiciones de carácter sexual, siendo en estos casos masculino el sustantivo que designa el varón o macho, y femenino el que designa a la mujer o hembra, y 2) no señalan que los demás sustantivos son masculinos o femeninos de acuerdo con un criterio normativo, sino que se limitan a indicar que se trata de sustantivos comunes epicenos, ambiguos, etc. y establecen listas y listas con las terminaciones correspondientes a cada género, si bien, se ven obligados a enumerar en cada caso multitud de excepciones.

En esta comunicación, revisaremos críticamente las teorías formuladas sobre el accidente gramatical "género" del sustantivo por los autores pertenecientes a la tradición lingüística española. Asimismo mostraremos nuestra concepción, según la cual los sustantivos que intervienen en oposiciones sexuales son los que, considerando al sustantivo como signo abstracto (en el nivel estático), presentan significado gramatical de género, mientras que el resto, que carece de significado gramatical, sólo manifiesta un género determinado cuando es concretizado en un texto, pero no si es considerado como unidad abstracta del sistema de la lengua.


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