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Toda la información sobre los requisitos para la afiliación a la A.U.I.P. así como el modelo de convenio de afiliación está diponible también en el formato MsWord 97.
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31 Kb. Información y Requisitos para la afiliación a la A.U.I.P.
Nuestra institución es una red de asociación universitaria internacional dedicada al fomento de la formación avanzada en Iberoamérica e integrada hoy por más de 100 prestigiosas instituciones de educación superior de América Latina, el Caribe y la Península Ibérica.
La AUIP presta servicios de información y divulgación sobre los postgrados que ofrecen sus instituciones asociadas, colabora en procesos de evaluación y acreditación de esa oferta académica, facilita la movilidad de profesores y estudiantes y auspicia eventos académicos, culturales y científicos que estén claramente relacionados con la formación avanzada.
La red es un ente privado, sin ánimo de lucro financiado con las cuotas de vinculación a la red, por una sola vez (U.S.$. 1.000), los aportes de sus instituciones asociadas (U.S. $. 1.000 al año), subvenciones de las autoridades de Salamanca y recursos extraordinarios que se consiguen gracias al poder de gestión internacional que tiene la misma red.
La vinculación se hace mediante solicitud motivada suscrita por el Rector y dirigida a la Comisión Ejecutiva de la AUIP. En la solicitud se debe acreditar el estatus legal de la institución en su país y la existencia de una oferta de programas de postgrado.
CONVENIO DE ASOCIACION
La Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado, con sede en Salamanca, España, en adelante AUIP, representada por su Director General, Dr. Víctor Cruz Cardona; y en adelante la Institución, con sede en, representada por su Rector, Dr.
C O N S I D E R A N D O
Que ambas instituciones promueven el fortalecimiento de las relaciones educativas, científicas y culturales, así como el conocimiento recíproco entre los países iberoamericanos.
Que la AUIP constituye un Sistema Interuniversitario para la cooperación horizontal entre las Instituciones Asociadas. Tiene entre sus objetivos el desarrollo de una oferta académica de excelencia en el nivel de postgrado, el intercambio de profesores, investigadores y estudiantes, la promoción de convalidaciones y homologaciones de contenidos o de títulos de postgrado, la ejecución de investigaciones o proyectos de desarrollo y demás formas de cooperación interuniversitaria.
Que la Institución tiene entre sus objetivos la cooperación interuniversitaria a nivel nacional e internacional y que además de los logros académicos ya alcanzados, aspira a mantener niveles de excelencia y de innovación en el área iberoamericana.
Que la AUIP y la Institución se plantean como una de sus formas de acción, colaborar estrechamente entre sí, en cuanto ello signifique establecer formas de cooperación horizontal que traslade entre las instituciones universitarias de los países iberoamericanos, las realizaciones académicas y científicas que cada una de ellas hubiera alcanzado para el beneficio de todas y en función del avance científico, tecnológico y cultural de nuestra comunidad de naciones.
Que ambos organismos aspiran a potenciar sus actividades a través de la cooperación mutua. Deciden suscribir el presente C O N V E N I O
PRIMERA: La AUIP y la Institución desarrollarán proyectos de cooperación mutua en educación, ciencia y cultura.
SEGUNDA: La Institución acuerda asociarse en el Sistema de la AUIP conforme al contenido de los Estatutos que se anexan a este Convenio.
TERCERA: La Institución mantiene su total autonomía, y asume la organización, financiación, dirección y realización de los cursos de postgrado que acuerde integrar al Sistema, responsabilizándose del nivel académico exigido para los fines de su convocatoria.
CUARTA: La Institución comunicará a la AUIP con debida antelación, los programas o cursos de postgrado que considere de mayor nivel académico y que cubran un mínimo equivalente a 30 créditos académicos*, e incluirá información detallada que abarque los puntos siguientes:
a) Información general del curso, objetivos, titulación, requisitos de admisión, costes de inscripción, régimen de estudios, servicios académicos, ayudas a estudiantes extranjeros, etc.
b) Plan de estudios: desarrollo curricular, calendario y requisitos de graduación.
c) Profesorado: su _______________________________* Un crédito académico en un semestre de quince semanas equivale a 15 horas en clases teóricas o a 30 horas de trabajo práctico.
titulación y dedicación; y cualquier otra información que se considere de utilidad para estudiantes de otros países.
QUINTA: Cada curso o especialidad que la Institución desee incorporar a la Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado será propuesto por escrito a la AUIP la cual confirmará por el mismo medio la incorporación del curso sin necesidad de establecer convenios adicionales.
SEXTA: Ambos organismos podrán convenir la desincorporación de un determinado curso de la AUIP cuando lo juzgue conveniente, respetando la terminación del período académico que garantice la finalización de las obligaciones lectivas y de titulación asumidas con el estudiante.
SEPTIMA: La AUIP se encargará de difundir el curso o programa en los restantes países de la Comunidad Iberoamericana al objeto de dar a las instituciones y personal interesados toda la información requerida, utilizando para ello un Sistema Electrónico de información y documentación sobre el Postgrado en Iberoamérica.
OCTAVA: La Institución se compromete a que en las publicaciones, catálogos o folletos en los que se anuncie el curso o cursos incorporados a la AUIP, se haga mención expresa en lugar destacado de la siguiente información: CURSO INTEGRADO A LA ASOCIACION UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA DE POSTGRADO.
NOVENA: La AUIP colaborará con la Institución en los procesos de evaluación y acreditación internacional de su oferta académica de postgrado.
DECIMA: La AUIP pondrá a disposición de la Institución su infraestructura para las tareas de selección, admisión y asistencia técnica que se requieran para la eventual participación de estudiantes de otros países iberoamericanos.
UNDECIMA: La Institución dentro de su plena autonomía, colaborará en el establecimiento de programas o proyectos de cooperación horizontal con las demás instituciones que integran la Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado.
DUODECIMA: La Institución a través de su máxima autoridad, formará parte del Consejo Superior Universitario de la AUIP conforme se especifica en los Estatutos.
DECIMOTERCERA: Cualquier otra iniciativa que sea de mutuo interés podrá ser objeto de acuerdo adicional en el marco del presente Convenio.
DECIMOCUARTA: Ambos organismos crearán los canales de comunicación que permitan una fluída información de las actividades académicas y científicas que realizan, divulgadas a través de sus medios de difusión.
DECIMOQUINTA: El presente Convenio tendrá una duración indefinida pudiendo cada una de las partes ponerle término, previa denuncia a la otra, con seis meses de antelación. No obstante, los proyectos, cursos o programas que se pudieran estar realizando como consecuencia del presente Convenio, deberán llegar a su finalización.
Y en prueba de conformidad, se suscribe el presente Convenio en dos ejemplares, ambos igualmente válidos y a un solo efecto, el día
Por la Institución
(Firma y sello)
Por la AUIP
Director General (Firma y sello)